domingo, 1 de septiembre de 2013

1. CUALES ES EL ESTABLECIMIENTO DE LOS REQUIZITOS

La transferencia tecnológica no es algo que suceda en
forma espontánea. La transferencia de conocimiento y
de innovación desde una organización de investigación
pública hacia el sector privado para usos comerciales y para
beneficio público, requiere de un mecanismo formal -una
oficina de transferencia tecnológica (OTT)- que sirva para
proteger y licenciar la PI transferida. El establecimiento de
una nueva OTT no es un tema trivial y la decisión de crear
dicha OTT debe hacerse en el contexto de un plan a largo
plazo, que tenga en consideración las siguientes preguntas:
¿se alinea la “comercialización de la investigación” con la
misión de la institución? ¿Justifica la calidad y la cantidad de
la investigación dentro de la institución el establecimiento de
una OTT? ¿Se encuentra la institución dispuesta a hacer un
compromiso a largo plazo con los cambios institucionales
necesarios y con la inversión en los recursos y las personas
requeridas? Si la respuesta a todas estas interrogantes es
afirmativa, entonces es tiempo de desarrollar un plan de
negocios claro para la OTT.

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